Blog
En vigor la prohibición de las llamadas comerciales desde teléfonos móviles
El pasado 7 de junio entraba en vigor en España la prohibición de las llamadas comerciales desde números móviles. Esta medida se enmarca en un plan gubernamental para combatir las estafas telefónicas y mensajes de texto fraudulentos. Esta norma se basa en la Orden TDF/149/2025 del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, publicada en el Boletín Oficial del Estado el pasado 15 de febrero.
Las agencias inmobiliarias, como el resto de empresas que hagan uso de las llamadas comerciales, deberán identificarse en sus comunicaciones y coordinar con los operadores sus números a la hora de la captación de propiedades o clientes para cumplir la normativa. Podrán realizar llamadas a través de las líneas 800 y 900 ante la prohibición de utilizar los teléfonos móviles para ese uso, pero tendrán que valorar si resulta rentable. Esta medida perjudica más a las agencias recientemente abiertas que son las que tenían mayor dependencia de las llamadas frías.
Habilitación de las líneas 800 y 900
Otra de las actuaciones que contempla el plan del Gobierno para hacer frente a este tipo de ciberfraudes tiene que ver con la habilitación de numeraciones geográficas y de números como el 800 y el 900 para emitir llamadas. Hasta ahora esos dos prefijos solo podían recibirlas. Estas líneas serán de pago para las corporaciones, pero gratuitas para el receptor. Las empresas que realicen estas llamadas comerciales podrán hacerlas también desde números atribuidos, o desde las dos vías anteriores.
De esta forma, la idea del ejecutivo es que los ciudadanos puedan distinguir el origen de una llamada comercial con facilidad y así reducir la posibilidad de caer en estas trampas telefónicas. La medida trata de frenar la utilización de la numeración móvil nacional por parte de los delincuentes a la hora de acometer estafas de suplantación de identidad.
El Gobierno daba un plazo de cuatro meses para que organismos y entidades que siguieran haciendo uso de esta vía de comunicación con los clientes hiciesen el cambio.
Las llamadas, bloqueadas automáticamente
Además, desde el pasado 7 de marzo, comenzaba a aplicarse en paralelo la obligación por parte de las operadoras a bloquear llamadas y SMS de números que no hayan sido atribuidos, asignados o adjudicados a un servicio, a un operador o a un cliente. Según los datos del Ministerio para la Transformación Digital, en estos meses de aplicación se han detectado e interceptado más de 14 millones de comunicaciones telefónicas no autorizadas y 800.000 mensajes sospechosos.
Y, el 7 de junio entraba en vigor la obligación para los operadores de bloquear llamadas y SMS de origen internacional que simulen haber sido originadas con un número español. Habría una excepción con los clientes que se encuentren en ‘roaming’, el servicio que te permite utilizar el móvil en otro país en las mismas condiciones de red que en el país de origen.
Base de datos con códigos alfanuméricos y sanciones económicas
La última acción de este plan, que entrará en vigor en junio de 2026, es la creación de una base de datos oficial con los códigos alfanuméricos que utilizan las empresas y las administraciones públicas como identificadores en los SMS.
La estrategia que utilizaban los estafadores hasta ahora era la manipulación del “alias” para que pareciera que el mensaje fraudulento provenía de empresas de uso cotidiano, como Amazon o un banco, o de instituciones como la Agencia Tributaria.
La base de datos será gestionada por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), que registrará y verificará dichos identificadores. El objetivo es garantizar la autenticidad de las comunicaciones, proteger la identidad de las entidades legítimas y facilitar la detección y bloqueo de intentos de suplantación.
Las agencias que capten a clientes a través de mensajes de texto tendrán que dirigirse a la CNMC.
El texto prevé sanciones desde 50.000 euros, las más leves, hasta 2.000.000 de euros, las más graves.