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El Gobierno prepara una ‘Ventanilla Única Digital’ para regular los alquileres turísticos y temporales

El Ministerio de Vivienda presentaba en el Consejo de Ministros, el pasado 15 de octubre, el real decreto "por el que se crea una ventanilla digital de arrendamientos y se regula la recogida y el intercambio de datos relativos a los servicios de alquiler y alojamientos de corta duración". Con esta norma, desde el Gobierno se quiere “perseguir el fraude”. El texto irá por la vía de urgencia y proyecto podría estar listo antes de cerrar este ejercio 2024.

La llamada ‘Ventanilla Única Digital de Arrendamientos’ establecerá un sistema de registro y obtención de un número de identificación para aquellos propietarios que quieran comercializar un alquiler de corta duración de una vivienda. Este sistema tiene su origen en una normativa europea y se adaptará a la Ventanilla Única Digital comunitaria, enmarcada en el portal EUGo. Será como una ‘matrícula’ y funcionaria como un segundo filtro de seguridad ante la posibilidad de que los alquileres de corta duración no estén cumpliendo con las normativas después de haber obtenido una licencia.

Operar en Booking y Airbnb

Los alquileres turísticos que no tengan este número de identificación no podrán operar en las plataformas digitales como Booking o Airbnb. Según la ministra de Vivienda, Isabel Rodríguez, este sistema se crea con el fin de “perseguir el fraude, proteger a quienes realmente necesitan del alojamiento de temporada y poner coto a los alojamientos turísticos ilegales y priorizar los alquileres de vivienda habitual”.

Número de registro por vivienda

Esta ventanilla digital otorgará un número de registro a cada vivienda dedicada al alquiler de corta duración, es decir:

· apartamentos de uso turístico
· alquileres de temporada
· alquileres de habitaciones
· Y embarcaciones

Este número será necesario además de la licencia para operar que expide  la administración competente en la materia.

Colegio de Registradores

La solicitud del número de registro se realizará a través de la sede electrónica del Colegio de Registradores. El número de registro tendrá una vigencia de un año. Una vez caducado, se deberá solicitar la renovación aportando un listado de los arrendamientos por cada categoría constituidos durante la vigencia de este número de registro. En el caso de los alquileres de temporada, se tendrá que indicar la causa que justifica la suscripción de estos contratos

Más información: Proyecto de Real Decreto por el que se crea un ventanilla digital de arrendamientos (...)

 

 

 

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